Sentencia nº 1164/1997 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 18 de Diciembre de 1997

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Resumen


"PROTECCIÓN JURISDICCIONAL DEL DERECHO FUNDAMENTAL AL HONOR, LA INTEGRIDAD PERSONAL Y LA PROPIA IMAGEN. El texto publicado, a propósito de la noticia del incendio, pormenoriza el estado interior de la vivienda, la califica de tercermundista, se refiere a la posibilidad de tener anestesiados a los hijos para que duerman durante la ausencia de la madre, dice que ésta llega a casa con algún hombre y totalmente bebida; sin dar otra justificación que haberlo oído a los vecinos que no identifica, y sin haber probado ninguna de las afirmaciones, las cuales, por su propio carácter, aunque fueran ciertas, rebasan los límites de la libertad de información, y como sostiene el Ministerio Fiscal, invaden la intimidad de la demandante, y obligan a rechazar el recurso y confirmar la condena al pago de la cantidad de 100.000 pesetas, por aplicación de los artículos 18.1, 20.4 de la Constitución y los artículos 2.1 y 7.7 de la Ley Orgánica 1/1982 de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho a la Intimidad Personal y Familiar. En primera instancia se estima en parte la demanda. Se desestima la apelación. Se desestima la casación. "

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Extracto


Sentencia nº 1164/1997 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 18 de Diciembre de 1997

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Diciembre de mil novecientos noventa y siete.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Octava, como consecuencia de autos de protección jurisdiccional de los derecho al honor, la integridad personal y la propia imagen, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número Cinco de Madrid; cuyo recurso f...

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