Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 3 de Abril de 2001
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Resumen
RECURSO DE CASACIÓN. DELITO DE HOMICIDIO. VALORACIÓN PROBATORIA. DOCUMENTOS. Se condeno al acusado como autor responsable de un delito de homicidio. Notificada la sentencia a las partes, se prepararon recursos de casación. No tienen carácter documental, según reiterada jurisprudencia, las actas de reconocimiento en rueda o por fotografías, ya que no aseguran la absoluta fiabilidad de las manifestaciones de los que llevan a cabo la identificación. En todo caso aunque hubiéramos optado por una concepción amplia del documento, no se puede olvidar que su virtualidad probatoria, hay que ponerla en relación y contrastarla con los demás elementos probatorios, ya que, si estos tienen fiabilidad y fortaleza, nada puede el contenido del documento frente a su consistencia probatoria. Los jurados han tenido fundamentalmente en cuenta, las manifestaciones incriminatorias de las dos testigos y la ocupación de la navaja, en una de las dependencias comunes de la pensión, en la que residía el acusado. Por lo que se declaro no haber lugar al recurso de casación interpuesto.
Frases clave
“ Una progresiva jurisprudencia ha ido ensanchando el concepto de documento a efectos casacionales pero, como hemos dicho, no se puede adjudicar este carácter a cualquier diligencia documentada, de las muchas que se realizan en el curso de la investigación judicial y posteriormente en la fase del juicio oral. Al lado de la definición clásica del documento, como representación gráfica del pensamiento creado con fines de preconstitución probatoria originados y producidos fuera de la causa e incorporados a la misma, se ha extendido el concepto a los dictámenes periciales cuando reúnan una serie de requisitos señalados por la jurisprudencia, como la uniformidad de los diferentes informes obrantes en la causa o la existencia de uno sólo de carácter inequívoco y concluyente. ”
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 3 de Abril de 2001
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a tres de Abril de dos mil uno. En el recurso de casación por quebrantamiento de forma e infracción de ley que ante Nos pende, interpuesto por el procesado Luis Pedro , contra resolución dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que confirma en su integridad la parte dispositiva de la Audiencia Provincial de Madrid, que le condenó por delito de homicidio, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la vista y fallo, bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. José Antonio Martín Pallín, siendo también parte el Ministerio Fiscal, como parte recurrida Dª Sara , representada por el Procurador Sr. Donaire Gómez, y como recurrente el procesado representado por el Procurador Sr. Sánchez Trujillo.I. ANTECEDENTES 1.- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid dicta Recurso de Apelación Ley del Jurado nº 12/99 interpuesto contra la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, contra Luis Pedro que, con fecha 9 de Febrero de 2.000, dictó resolución que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS: PRIMERO RESULTANDO: Probado, y así se declara, ...Ver el contenido completo de este documento
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