Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 6 de Abril de 2001

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN. DELITO DE HOMICIDIO IMPRUDENTE. VALORACIÓN PROBATORIA. Se recurre la sentencia que condena al recurrente como autor responsable de un delito de homicidio imprudente. Ante la carencia de una versión directa de los hechos, que sólo podía proporcionar el acusado, la sentencia acude a los datos probatorios, necesariamente indirectos, que se desprenden de las minuciosas diligencias de inspección ocular y de las manifestaciones de personas que, sin presenciar los hechos, estaban próximas al lugar y aportan datos complementarios. Respetando escrupulosamente los condicionamientos jurisprudenciales que se han establecido para dar valor probatorio a la prueba indirecta, se parte del presupuesto inicial, que exige pluralidad de hechos base o indicios y su derivación inmediata de prueba directa. Asimismo se estima que existe la interrelación entre todos ellos y que la conclusión ha sido obtenida racionalmente, de manera que es la única inferencia lógica que excluye cualquier otra de signo contrario. Se desestima el recurso.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Condena

Extracto


Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 6 de Abril de 2001

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a seis de Abril de dos mil uno.

En el recurso de casación por infracción de ley y de precepto constitucional que ante Nos pende, interpuesto por el procesado Andrés , contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla, que lo condenó por delito de homicidio, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que al margen se expresan, se han constituido para la votación y fallo, bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. José Antonio Martín Pallín, siendo también parte el Ministerio Fiscal, como parte recurrida los Acusadores Particulares, Paula , María Cristina , Alejandra , Benito y Leticia , representados todos ellos por el Procurador Sr. Peret Mulet y Suárez, y como recurrente el procesado representado por el Procurador Sr. Infante Sánchez.

I. ANTECEDENTES

1.- El Juzgado de Instr...

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