Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 19 de Octubre de 1994

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Resumen


DELITO DE HOMICIDIO FRUSTRADO, DESESTIMACIÓN. En el recurso de casación por quebrantamiento de forma e infracción de ley que ante Nos pende, interpuesto por los acusadores particulares contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial que condenó a los procesados por delito de homicidio frustrado, el tribunal entiende que la jurisprudencia de esta Sala ha venido ampliando el campo de responsabilidad civil subsidiaria en aras de buscar la necesaria cobertura de muchas actuaciones de personas y funcionarios que desarrollan su actividad al servicio de la que genéricamente podríamos denominar como Administración del Estado. Para establecer este vínculo de responsabilidad nos hemos basado en una serie de directrices emanadas del propio texto constitucional que garantiza, en el marco de la legalidad, la responsabilidad de los poderes públicos (Artículo 9.3 CE). El mismo texto constitucional impone criterios de eficacia en la Administración Pública y la sumisión plena de su actividad a la ley y al derecho (Artículo 103.1 CE), estableciendo el derecho de los particulares, en los términos previstos por la ley, a ser indemnizados por toda lesión que sufran en sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos (Artículo 106.2 CE). En el ámbito específico de la responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento de la Administración de Justicia los artículos 292 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial la contempla para los casos de funcionamiento anormal cuando de esta deficiente actuación se derive un daño perfectamente evaluable para un grupo o persona. Por lo que se desestima la casación del acusado.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal

Extracto


Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 19 de Octubre de 1994

En la Villa de Madrid, a diecinueve de Octubre de mil novecientos noventa y cuatro.

En el recurso de casación por quebrantamiento de forma e infracción de ley que ante Nos pende, interpuesto por los acusadores particulares D. Benitoy DON Matías, contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Granada, que condenó a los procesados Juan Franciscoy Gaspar, por delito de homicidio frustrado, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la vista y fallo, bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. Jose Antonio Martín Pallín, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando dichos recurrentes representados por la Procuradora Sra. Francisco de Ferreras.I. ANTECEDENTES

1.- El Juzgado de Instrucción número 3, instruyó sumario con el número 8/90, contra Juan Franciscoy Gaspary, una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Granada que, con fecha 19 de Diciembre de 1.991, dictó sentencia que contiene el siguiente hecho probado: PRIMERO RESULTANDO:

probado, y así se declara, que sobre las cero horas del cuatro de diciembre de m...

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