Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 24 de Enero de 1994
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Resumen
HOMICIDIO. No había razones que hicieran necesaria su inmediata detención por constituir un peligro para cualquier ciudadano, ni ya para el propio acusado, por lo que, no solo el medio utilizado por el agente fue excesivo sino totalmente innecesario por no ser preciso para la defensa del orden público neutralizar la actividad de alguien que ya había espontáneamente cesado en su actitud de violencia y había huído, siendo totalmente desproporcionado utilizarla el agente en tal grado que produjo la muerte de la persona a quién sometió al empleo de fuerza cuando no era preciso su empleo. En tales circunstancias la actuación del recurrente no es acreedora a la aplicación de la eximente que invoca, ni siquiera con los efectos de incompleta. Se condena al acusado. Se desestima la casaci?
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal
Extracto
Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 24 de Enero de 1994
En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Enero de mil novecientos noventa y cuatro.
En el recurso de casación por infracción de Ley y quebrantamiento de forma que ante Nos pende, interpuesto por el procesado Luis Maríacontra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sta. Cruz de Tenerife que le condenó por delito de homicidio los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y fallo bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. Joaquín MARTIN CANIVELL , siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando dicho recurrente representado por la Procuradora Sra. Dª Margarita GOYANES GONZALEZ.I. ANTECEDENTES 1.- El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Granadilla instruyó sumario con el número 5/91 contra Luis Maríay, una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Sta. Cru...Ver el contenido completo de este documento
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