Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 23 de Noviembre de 2001
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Resumen
"AGUAS. RECURSOS HÍDRICOS DE CUENCA HIDROGRÁFICA. AUTORIZACIONES DE USO. COMPETENCIA. Se impugna acuerdo por el que se ponen a disposición de una Confederación Hidrográfica 20 hectómetros cúbicos de agua de un Embalse para dotar los regadíos de una Comunidad de Regantes. El artículo 56 de la Ley de Aguas permite afrontar situaciones excepcionales de emergencia, verdaderos ""estados de necesidad"" hidráulica ante los cuales cede la regulación común de las aguas públicas, concedidas o no, y pueden ceder incluso los normales criterios de asignación utilizados en circunstancias ordinarias. En primera instancia se rechaza la demanda. Se desestima el recurso de casación."
Frases clave
“ El primero de ellos (artículo 56 de la Ley de Aguas) permite afrontar situaciones excepcionales de emergencia, verdaderos "estados de necesidad" hidráulica ante los cuales cede la regulación común de las aguas públicas, concedidas o no, y pueden ceder incluso los normales criterios de asignación utilizados en circunstancias ordinarias. ”
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 23 de Noviembre de 2001
D. OSCAR GONZALEZ GONZALEZD. MANUEL CAMPOS SANCHEZ-BORDONAD. FRANCISCO TRUJILLO MAMELYD. FERNANDO CID FONTAN
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintitrés de Noviembre de dos mil uno. Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Tercera por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación número 3465/1995 interpuesto por la JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, representada por el Procurador D. Francisco Velasco Muñoz-Cuéllar, contra la sentencia dictada con fecha 10 de febrero de 1995 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el recurso número 2867/1993, sobre trasvase Tajo-Segura; es parte recurrida la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada por Abogado del Estado, y el SINDICATO CENTRAL DE REGANTES DEL ACUEDUCTO TAJO- SEGURA, representado por la Procurador Dª. María Luz Albácar Medina.ANTECEDENTES DE HECHO Primero.- La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha interpuso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso contencioso-administrativo número 2867/1993 contra la resolución de la Confederación Hidrográfica del Júcar de 28 de octubre de 1992 que desestimó el recurso de alzada deducido contra el acuerdo dictado por la Comisión Permanente de la Junta de Gobierno de la misma de fecha 28 de julio de 1992, p...Ver el contenido completo de este documento
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