Sentencia nº 199/2008 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 12 de Marzo de 2008
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Resumen
SOCIEDAD DE GANANCIALES. LUCRO CESANTE. OPCIÓN DE COMPRA. La concesión de una opción de compra no elimina la facultad de disposición de los concedentes, ni determina la nulidad del contrato efectuado vulnerando el derecho de opción de modo. En primera instancia se estima demanda. Se estima en parte casación.
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Extracto
Sentencia nº 199/2008 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 12 de Marzo de 2008
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a doce de Marzo de dos mil ocho.Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, los recursos de casación interpuestos, por Dª María Luisa, representada por el Procurador de los Tribunales D. José Ramón Cervigón Ruckaüer, y por Dª Camila, DOÑA Francisca y D. Mauricio, representados por la Procuradora Dª María Victoria Pérez Mulet y Díez Picazo, contra la Sentencia dictada, el día 18 de octubre de 2000, por la Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Valencia, que resolvió el recurso de apelación nº 220/00, interpuesto en su día contra la Sentencia que había pronunciado, el Juzgado de Primera Instancia número 16, de los de Valencia. Es parte recurrida D. Eugenio representada por el Procurador de los Tribunales D. Juan Luis Pérez Mulet y Suarez, que fue sustituido por el Procurador D. Juan Antonio Fernández Múgica.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. Ante el Juzgado de Primera Instancia número 16 de Madrid, interpuso demanda de juicio ordinario de menor cuantía, D. Eugenio contra Dª. Camila, Dª. Francisca, D. Mauricio y Dª María Luisa. El suplico de la demanda es del tenor siguiente: "... se dicte en su día sentencia por la que estimando la demanda se efectúen los pronunciamientos siguientes:a) Se declare la resolución del contrato de arrendamiento y opción de compra de fecha 1 de octubre de 1995, concertado entre mi representado y su esposa, y el causante de los aquí vendedores demandados.b) Se condene solidariamente a los vendedores demandados a resarcir y a ...Ver el contenido completo de este documento
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