Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 5 de Marzo de 2001

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Resumen


FUNCIONARIOS DE CARRERA. ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. COMPETENCIA. El Presidente de la Agencia delega determinadas competencias en el Director General de la misma, entre las que no está la aprobación de la R.P.T. sino las previstas, en materia de personal, en su apartado 1.1, entre las que no se incluye la aprobación de dicha relación. Por otra parte, dada la naturaleza normativa de las R.P.T., la delegación de competencias para su aprobación encontraría el insuperable obstáculo de la prohibición contenida en el art. 13.2.b) de la Ley 30/1992. Y, en último término, ex art. 13.4 de esta misma Ley 30/1992, las resoluciones adoptadas por delegación se consideran dictadas por el órgano delegante, es decir, en este caso por el Secretario de Estado de Hacienda. Se declara la competencia de la sala en lo contencioso Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Audiencia Nacional

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 5 de Marzo de 2001

D. FRANCISCO JOSE HERNANDO SANTIAGOD. EMILIO PUJALTE CLARIANA

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a cinco de Marzo de dos mil uno.

VISTA la cuestión de competencia negativa trabada entre el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 5 y la Sala (Sección Séptima) de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

ANTECEDENTES DE HECHO

PR...

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