Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 16 de Febrero de 1996

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Abogados Laboral y Seguridad Social

Resumen


FOMENTO DE EMPLEO. En las sentencias de esta Sala y con referencia expresa a la de 23 de Octubre de 1992 que el propio recurso cita como la que consagra y unifica la doctrina de la sentada en 18 de Julio de 1989, se especifica en los hechos probados que, los dos actores cuando fueron contratados por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, con contratos de fomento de empleo se hallaban trabajando para otras empresas, que no se encontraban inscritos en la oficina de empleo y, que la oferta de trabajo se realizó mediante telegrama dirigido a los actores y, motivada por haber superado estos el primer ejercicio de las pruebas selectivas para cubrir puestos de trabajo al servicio del Organismo demandado. Es pues claro, que entre ambas sentencias existen diferencias sustanciales que impiden considerarlas contradictorias. Se desestima la casación.

Frases clave


en las sentencias de esta Sala y con referencia expresa a la de 23 de Octubre de 1992 que el propio recurso cita como la que consagra y unifica la doctrina de la sentada en 18 de Julio de 1989, se especifica en los hechos probados que, los dos actores cuando fueron contratados por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, con contratos de fomento de empleo se hallaban trabajando para otras empresas, que no se encontraban inscritos en la oficina de empleo y, que la oferta de trabajo se realizó mediante telegrama dirigido a los actores y, motivada por haber superado estos el primer ejercicio de las pruebas selectivas para cubrir puestos de trabajo al servicio del Organismo demandado. Es pues claro, que entre ambas sentencias existen diferencias sustanciales que impiden considerarlas contradictorias.

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Historial del Caso


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Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 16 de Febrero de 1996

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a dieciséis de Febrero de mil novecientos noventa y seis.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Letrado D. Eduardo Rodriguez González en nombre y representación de Dª Eugenia, Dª Paula, Dª Angelina, Dª Irene, D. Gustavo, D. Blas, Dª María Rosa, Dª Erica, Dª SilviaY D. Pedro Enriquecontra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 17 de Enero de 1995, en recurso de suplicación nº 6697/93, formulado contra la sentencia dictada po...

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