Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 18 de Octubre de 1999
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Resumen
"CONTRATO DE OBRA. FICHA DE ENCARGO. HOJA DE ENCARGO. Se interpone recurso de casación contra la sentencia que estimó parcialmente la demanda por la cual se solicitaba el pago de la cuantía debida en concepto de sus honorarios como Arquitectos. Alega la parte actora inaplicación del art. 1.281.1 CC. , ya que siendo claros los términos de las hojas y fichas de encargos suscritas entre las partes, comprensivas de un encargo de 128 viviendas, es ilógica y absurda la interpretación de que lo único encargado a los recurrentes es un proyecto de 12 viviendas. En estos autos sólo consta una ""Hoja de Encargo"" relativa a 12 viviendas, la cual es el documento en el que usualmente se formalizan las relaciones jurídicas entre clientes y arquitecto, sirve para fijar el objeto de lo contratado y condiciones bajo las que se contrata, consiguiendo con ello también una mejor prueba de aquellas relaciones. La ""ficha de encargo"" no es un documento que pueda sustituir a la ""Hoja"", siendo una especie de ""documento de intenciones"", cuya eficacia jurídica queda subordinada a la redacción y suscripción de la ""Hoja de Encargo"", que es el documento oportuno del que se habla; el cliente, hasta entonces, no quiere comprometerse. Se acoge parcialmente la demanda, se desestima la apelación."
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☞ Sentencia Favorable a: Cliente, Contratista
Extracto
Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 18 de Octubre de 1999
En la Villa de Madrid, a dieciocho de Octubre de mil novecientos noventa y nueve.
Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, los recursos de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Huelva, con fecha 21 de marzo de 1.994, como consecuencia de los autos de juicio declarativo de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de esa ciudad, sobre determinadas aclaraciones; cuyo recursos han sido interpuestos de una parte D. Narciso, don Juan Albertoy don Gabino, representados por el Procurador de los Tribunales don Juan Luis Pérez-Mulet y Suárez; y de otra don Jose Daniely don Carlos, representados asimismo por el Procurador D. Luciano Rosch Nadal; siendo parte...Ver el contenido completo de este documento
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