Sentencia nº 131/2009 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 12 de Febrero de 2009
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Resumen
Agresión sexual.- Estimatoria parcial.- Insuficiencia descriptiva en el relato fáctico.- Doctrina Sala II del T. Supremo.- Predeterminación del fallo.- Jurisprudencia.- Presunción de inocencia.- Jurisprudencia T. Constitucional. Escasa descripción del empleo de la fuerza y ausencia de valoración probatoria sobre ese extremo.-
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Extracto
Sentencia nº 131/2009 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 12 de Febrero de 2009
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a doce de Febrero de dos mil nueveEn el recurso de Casación por infracción de Ley y vulneración de precepto Constitucional así como quebrantamiento de Forma que ante Nos pende, interpuesto por Hugo contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Albacete (Sección Primera), con fecha veintisiete de Mayo de dos mil ocho, en causa seguida contra Hugo, por delito de agresión sexual, los Excmos. Sres. componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para Votación y Fallo bajo la Presidencia del primero de los citados y Ponencia del Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca, siendo parte recurrente Hugo, representado por la Procuradora Doña Gala de la Calzada Ferrando y defendido por la Letrado Doña Encarna Lema. I. ANTECEDENTES Primero.- El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de los de Hellín, incoó el Sumario con el número 5/2.007 contra Hugo y, una vez declarado concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Albacete (Sección Primera, rollo 38/2.007) que, con fecha veintisiete de Mayo de dos mil ocho, dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS: "De lo actuado resultado probado y así se declara expresamente, que Hugo, nació el 22 de marzo de 1967 en Zamora (Ecuador): que entre mediados de 2006 y julio 2007 residió con su familia en Hellín en la CALLE000 NUM000, junto a la vivienda de su cuñado Jose Luis y Amelia, con los que su familia mantenía una buena relación por lo que disponían mutuamente de llaves de sus viviendas, aunque luego se las devolvieron también mutuamente. Hugo, aprovechando repetidamente la ausencia de sus padres, acompañaba a su casa a su sobrina Inmaculada, nacida el 28 de marzo de 1997, donde en ausencia de sus padres sometía a la niña a tocamientos en glúteos, pechos y sexo, penetrándola en varias veces en distintas ocasi...Ver el contenido completo de este documento
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