Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 4 de Octubre de 2005
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Resumen
"RECURSO DE CASACIÓN. NATURALEZA EXTRAORDINARIA. IMPOSIBLIDAD DE REALIZAR UN NUEVO EXÁMEN DE LA CUESTIÓN CONTROVERTIDA. Se interpone el presente recurso contra la sentencia de la Sala Contenciosa Administrativa desestimatoria del recurso interpuesto contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se adjudicó solidariamente a varias entidades la concesión administrativa de un quiosco. El recurso de casación es un recurso extraordinario, tanto desde la perspectiva de la limitación de las resolucione, como respecto del carácter tasado de los motivos que cabe alegar; esta naturaleza extraordinaria conduce a entender que no es un recurso que permita un nuevo examen total del tema controvertido desde los puntos de vista fáctico y jurídico. En este caso, los motivos de casación se configuran como un escrito de alegaciones, en los que se invocan las infracciones que estima concurrentes en los actos administrativos objeto de impugnación en la instancia, prescindiendo de la crítica a la sentencia. Se desetima el recurso. "
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 4 de Octubre de 2005
RICARDO ENRIQUEZ SANCHOMARIANO BAENA DEL ALCAZARANTONIO MARTI GARCIACELSA PICO LORENZOOCTAVIO JUAN HERRERO PINARODOLFO SOTO VAZQUEZ
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a cuatro de Octubre de dos mil cinco. Visto por esta Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo el recurso de casación interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dña. Gema De Luis Sánchez en nombre y representación de la entidad Hermanos Ortega Pozuelo S.L., contra la sentencia de 12 de noviembre de 1998, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso nº 179/95, en el que se impugna el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 22 de diciembre de 1994, que desestima el recurso formulado contra el Acuerdo de 28 de julio de 1994, por el que se adjudica solidariamente a las entidades "Europea de Explotaciones, S.A." y "Chao-Hing, Compañía de Inversiones Inmobiliarias, S.A." la concesión admin...Ver el contenido completo de este documento
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