Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 29 de Abril de 2005

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Resumen


EXTRANJEROS. NON BIS IN IDEM. Se estima el recurso contencioso administrativo por el se declara la nulidad de la expulsión del territorio nacional del recurrente. Sin costas. La Administración interpone recurso de casación. El ámbito de aplicación del artículo 21.2, párrafo primero, de la LO 7/1985 no puede extenderse al supuesto de la calificación de unos hechos que están siendo enjuiciados por la Jurisdicción penal. La Administración puede solicitar del Juez, conforme a la LECrim., la autorización de expulsión de un extranjero encartado en un procedimiento por delitos menos graves, siempre que se aplique una causa de expulsión distinta de la realización de esos hechos por los que se sigue causa penal, puesto que en caso contrario, como sucede en el supuesto de que se trata en este proceso, la Administración no puede pronunciarse sobre ellos sin que antes lo haya hecho la Jurisdicción penal. Por ello no se hace lugar al recurso de casación. se confirma la sentencia recurrida. Sin imposición de costas.

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Historial del Caso


→ Desestima el recurso contra Sentencia nº 1274/2001 de TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, 13 de Julio de 2001

☞ Sentencia Favorable a: Extranjero

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 29 de Abril de 2005

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Abril de dos mil cinco.

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo el recurso de casación nº 5255/01 interpuesto por el ABOGADO DEL ESTADO, en representación de la Administración General del Estado, contra sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 13 de julio de 2001, (recurso contencioso administrativo nº 217/00) sobre expulsión del territorio nacional de D. Eduardo , de nacion...

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