Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 28 de Julio de 2005

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Resumen


"EXTRANJERÍA. PERSECUSIÓN ÉTNICA Y POLÍTICA. ASILO. ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA SOLICITUD. De las alegaciones formuladas se podrá dudar, y para que conduzcan al éxito de la petición requerirán la prueba adecuada. Pero lo que no cabe es inadmitir a trámite una petición, con el único argumento de que no se ha alegado ninguna causa de asilo, cuando se aduce una persecución por motivos étnicos y políticos que, aun referida a un grupo social, se proyecta o repercute, según expone la solicitante de asilo, sobre su situación personal, justamente por formar parte de ese colectivo y residir en la zona en la que esa alegada persecución se produce. Por resolución del Ministerio del Interior se acordó la inadmisión a trámite de la solicitud de asilo presentada por la solicitante. En primera instancia se desestima el recurso contencioso- administrativo interpuesto contra la resolución. Se declara haber lugar a la casación. Se casa la sentencia. Se estima el recurso contencioso- administrativo. Se condena a la Administración a admitir a trámite aquella solicitud. Sin costas en la instancia y en este recurso."

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 28 de Julio de 2005

MARIANO DE ORO-PULIDO LOPEZPEDRO JOSE YAGÜE GILJESUS ERNESTO PECES MORATESEGUNDO MENENDEZ PEREZRAFAEL FERNANDEZ VALVERDEENRIQUE CANCER LALANNE

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Julio de dos mil cinco.

VISTO el recurso de casación nº 3213/2002, interpuesto por la Procuradora Dª Pilar Gema Pinto Campos en representación de Dª Inmaculada contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional de fecha 19 de octubre de 2001, sobre inadmisión a trámite de solicitud de asilo, habiendo comparecido como parte recurrida la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por resolución de 9 de mayo de ...

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