Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 25 de Mayo de 2004
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Resumen
"RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN DE SENTENCIA EXTRANJERA. SENTENCIA DE DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO. No hay razón para considerar que la competencia judicial internacional de los Tribunales de Hungría haya nacido de las partes en busca fraudulenta de un foro de conveniencia. Hay conexiones que no pueden desconocerse, como es la nacionalidad húngara de la esposa y teniendo en cuenta, en todo caso, la aceptación por el esposo de la competencia de los Tribunales húngaros, sin que aparezca dato alguno que evidencie una búsqueda fraudulenta de un foro de favor o conveniencia, razones éstas que permiten considerar fundada la competencia de los Tribunales de origen, y, por ende, excluir el fraude en cuanto a la ley aplicada al fondo del asunto, cuestión vinculada a la anterior. Se otorga exequatur a la sentencia dictada por el Tribunal de los Distritos XVIII-XIX de Budapes."
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Extracto
Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 25 de Mayo de 2004
AUTO
En la Villa de Madrid, a veinticinco de Mayo de dos mil cuatro.I. ANTECEDENTES DE HECHO1.- La Procuradora de los Tribunales Sra. De Zulueta Luchsinger en representación de D. Carlos María, formuló demanda de exequatur de la sentencia de fecha...Ver el contenido completo de este documento
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