Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 28 de Mayo de 1993

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Resumen


DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA. La riqueza relativa de estos preparados o el contenido en cannabinoides de los mismos es en el ""hachís"" -barras, pastillas o comprimidos- unas cinco veces superior a la ""grifa"" o ""marihuana"", la ""resina pura"" tiene una riqueza que puede llegar al 50 por ciento, y los extractos superan el 65 por ciento. Es indudable por tanto que el ""hachís"" aprehendido, superior a los 2 kilogramos, con una riqueza en principio superior en cinco veces a la ""grifa"" o ""marihuana"", es cantidad de notoria importancia a los efectos de apreciar la agravación específica solicitada por el Ministerio Fiscal, impugnante, en razón de la naturaleza de la droga, del mayor riesgo que corre la salud pública por el gran número de dosis que pueden prepararse y del lugar que ocupan en la cadena del tráfico quienes poseen cantidades especialmente significativas. Se condena al acusado. Se estima la casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal

Extracto


Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 28 de Mayo de 1993

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Mayo de mil novecientos noventa y tres.

En el recurso de casación por infracción de Ley que ante Nos pende, interpuesto por el MINISTERIO FISCAL contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 10ª) que condenó a Carlos María por delito contra la salud pública, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y Fallo bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia d...

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