Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 28 de Mayo de 1993
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA. La riqueza relativa de estos preparados o el contenido en cannabinoides de los mismos es en el ""hachís"" -barras, pastillas o comprimidos- unas cinco veces superior a la ""grifa"" o ""marihuana"", la ""resina pura"" tiene una riqueza que puede llegar al 50 por ciento, y los extractos superan el 65 por ciento. Es indudable por tanto que el ""hachís"" aprehendido, superior a los 2 kilogramos, con una riqueza en principio superior en cinco veces a la ""grifa"" o ""marihuana"", es cantidad de notoria importancia a los efectos de apreciar la agravación específica solicitada por el Ministerio Fiscal, impugnante, en razón de la naturaleza de la droga, del mayor riesgo que corre la salud pública por el gran número de dosis que pueden prepararse y del lugar que ocupan en la cadena del tráfico quienes poseen cantidades especialmente significativas. Se condena al acusado. Se estima la casación.
Ver el contenido completo de este documento
Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal
Extracto
Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 28 de Mayo de 1993
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintiocho de Mayo de mil novecientos noventa y tres.En el recurso de casación por infracción de Ley que ante Nos pende, interpuesto por el MINISTERIO FISCAL contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 10ª) que condenó a Carlos María por delito contra la salud pública, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y Fallo bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia d...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
Documentos citados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex España
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios