Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 27 de Marzo de 2001
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Resumen
RECURSO DE CASACIÓN. CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EXPROPIACIÓN. JUSTIPRECIO. VALORACIÓN PROBATORIA. Se recurre la sentencia que estima en parte el recurso contra la resolución del Jurado Provincial de Expropiación , desestimatoria de recurso de reposición formulado contra el acuerdo por el que se justipreció la parcela. No se trata de que la Sala a quo no dé eficacia al documento a que se refiere el recurrente. Éste combate la valoración que la Sala efectúa del mismo, en conjunto con los demás medios probatorios. La facultad de apreciación de la prueba es, según hemos visto, exclusiva del Tribunal de instancia y no puede ser fiscalizada en casación. Se desestima el recurso.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 27 de Marzo de 2001
D. PEDRO ANTONIO MATEOS GARCIAD. JUAN ANTONIO XIOL RIOSD. JESUS ERNESTO PECES MORATED. JOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZD. ENRIQUE LECUMBERRI MARTID. FRANCISCO GONZALEZ NAVARRO
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintisiete de Marzo de dos mil uno.Visto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, Sección Sexta, constituida por los señores al margen anotados, el recurso de casación que con el número 7951/1996, ante la misma pende de resolución, interpuesto por la procuradora Dª. Pilar Azorín- Albiñana López, en nombre y representación de D. Isidro , contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, de fecha 28 de junio de 1996, dictada en recurso número 268/94. Siendo parte recurrida la letrada de la Generalidad Valenciana en la representación que le es propiaANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO. - La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana dictó sentencia el 28 de junio de 1996, cuyo fallo dice: «Fallamos. 1. Estimamos en parte el recurso interpuesto por el letrado D. Francisco R. Alabau Montañana, en nombre de D. Isidro , contra la resolución del Jurado Provincial de Expropiación de Valencia de 25 de noviembre de 1993, desestimatoria de recurso de reposición formulado contra el acuerdo de 23 de septiembre anterior, recaído en expediente número 60/1992, por el que se justipreció la parcela que le fue expropiada para la ejecución del Proyecto de Nuevo Campus Universitario, en 11 550 352 pesetas, incluido el 5% de premio de afección, a razón de 7 555,39 pesetas/m², las declaramos contrarias a Derecho y dejamos sin efecto en cuanto a la valoración del m² de la parcela expropiada. 2. Justipreciamos el m² de suelo de la parcela expropiada en 8 400 pesetas, lo que supone un total de 12 070 800 p...Ver el contenido completo de este documento
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