Sentencia nº 303/2006 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 29 de Marzo de 2006

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Resumen


"RESPONSABILIDAD CIVIL. EXPLOSIÓN DE GAS. FALTA DE INFORMACIÓN. RESPONSABILIDAD DE EMPRESA SUMINISTRADORA. No quedaron excluidos del debate procesal los aspectos relacionados con el incumplimiento de sus obligaciones por parte de la compañía suministradora en relación con el deber de información al usuario y con el mantenimiento y vigilancia de las instalaciones para la evitación de sucesos tan graves como el que se produjo. En primera instancia se estima parcialmente la demanda interpuesta por el consorcio de propietarios y se condena a Repsol Butano S. A. a que abone a la actora la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por la reconstrucción total del edificio, mas los gastos y honorarios de arquitecto y aparejador. Se absuelve a Oscar y Santa Lucía S. A. Se estima parcialmente la demanda y se condena a Repsol Butano S. A. Se absuelve a Oscar y Santa Lucía S. A. Se estima parcialmente la demanda interpuesta por Allianz Ras S. A. Soc. de seguros y Reaseguros y se condena a Repsol Butano S. A. y la Unión y el Fénix Español S. A., absolviendo a Oscar y Santa Lucía S. A. No ha lugar al recurso de casación interpuesto por la AGF-Unión Fénix, S. A. y Repsol-Butano, S. A. Con costas."

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Historial del Caso


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Extracto


Sentencia nº 303/2006 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 29 de Marzo de 2006

JUAN ANTONIO XIOL RIOSROMAN GARCIA VARELAJOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Marzo de dos mil seis.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, constituida por los señores al margen anotados, el recurso de casación que con el número 3816/1999, ante la misma pende de resolución, interpuesto por el procurador D. Antonio Ramón Rueda López, en nombre y representación de AGF-Unión Fénix, S.A. y Repsol-Butano, S.A., contra la sentencia dictada en grado de apelación, rollo 326/97, por la Audiencia Provincial de Madrid de fecha 3 de julio de 1999, dimanante del juicio de menor cuantía número 1008/94 del Juzgado de Primera Instancia número 15 de Madrid . Habiendo comparecido en calidad de recurridos los procuradores D. José Antonio Pérez Casado,D. Ángel Luis Rodríguez Álvarez, Dª Alicia Martín Yañez, en nombre y representación respectivamente de D. Oscar; Santa Lucía, S.A.; y por último DIRECCION000, D. Darío, D. Jose María, D. Diego, Dª Luisa, D. Carlos Manuel, Dª Inmaculada, D. Gregorio, Dª Frida y Dª Elsa.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. - El Juzgado núm. 15 de Primera Instancia de Madrid dictó sentencia el 2 de abril de 1997 en autos de juicio de menor cuantía núm. 1008/94 , cuyo fallo dice:

«Fallo: 1. Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la DIRECCION000 de esta capital debo condenar y condeno a Repsol Butano S. A. a que abone a la actora la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por la reconstrucción total del edificio, mas los gastos que se hubieran abonado a la empresa Ortiz y Cia, gastos de desescombro por 955.650 pts. y otras 3.597.159 pts. mas IVA en concepto de honorarios de arquitecto y aparejador. Todo ello absolviendo a D. Oscar y Santa Lucía S. A. de la pretensión ejercitada.

»2. Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Darío y D. Jose María, D. Diego, Dª Luisa y D. Carlos Manuel, Dª Inmaculada, D. Gregorio y Dª Frida y Dª Elsa debo condenar y condeno a Repsol Butano S. A. a que abone:

»-A D. Darío y D. Jose María la cantidad que resulte en ejecución por la reconstrucción de su vivienda, más 15.000 pts. por gastos de alojamiento y 50.000 pts. al mes desde el 3-12-1993 hasta la ocupación de la vivienda, así como 300.000 pts. por daño moral.

»-A D. Diego los gastos de reconstr...

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