Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 2 de Abril de 2001

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN. CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EXPEDIENTE SANCIONADOR. NULIDAD. Se recurre la sentencia que estima parcialmente el recurso y acuerda la nulidad de los acuerdos recurridos, declara la nulidad de todo lo actuado reponiendo las actuaciones del expediente administrativo al momento inmediatamente anterior a la emisión del informe del Jefe Local de Sanidad sobre la actividad y las instalaciones. El Tribunal a quo niega que se haya producido el silencio positivo y que resulta plenamente acorde con la norma aplicable. Esto es, según el propio relato de la parte falta la denuncia de mora simultánea ante el Ayuntamiento y la Comisión que establece el artículo 33.4 RAM y de cuya ausencia se hace eco la sentencia de instancia para excluir el efecto del silencio positivo en este concreto ámbito de actividades. Y, como es bien sabido, la eficacia de la norma no puede quedar supeditada a la diligencia del interesado por conocer su contenido. Se desestima el recurso.

Frases clave


El propio planteamiento que del motivo efectúa el recurrente deja intangible la razón por la que el Tribunal a quo niega que se haya producido el silencio positivo y que resulta plenamente acorde con la norma aplicable. Esto es, según el propio relato de la parte falta la denuncia de mora simultánea ante el Ayuntamiento y la Comisión que establece el artículo 33.4 RAM y de cuya ausencia se hace eco la sentencia de instancia para excluir el efecto del silencio positivo en este concreto ámbito de actividades. Y, como es bien sabido, la eficacia de la norma no puede quedar supeditada a la diligencia del interesado por conocer su contenido (art. 6 del Código Civil

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 2 de Abril de 2001

D. MARIANO BAENA DEL ALCAZARD. ANTONIO MARTI GARCIAD. RAFAEL FERNANDEZ MONTALVOD. RODOLFO SOTO VAZQUEZD. JOSE MARIA ALVAREZ-CIENFUEGOS SUAREZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a dos de Abril de dos mil uno.

Visto por la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo el recurso de casación núm. 6081/95, interpuesto por don Emilio García Fernández, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de don Juan Manuel contra la sentencia, de fecha 18 de mayo de 1995, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, en el recurso de dicho orden jurisdiccional núm. 1026/94, en el que se impugnaba Decreto de la Alcaldía de Navaluenga, d...

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