Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 29 de Abril de 2003

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Resumen


DEMANDA DE EXEQUATUR. SENTENCIAS DICTADAS EN EL EXTRANJERO. DIVORCIO. Se formuló demanda de exequatur de la sentencia dictada por el juzgado nacional de primera instancia en lo Civil de la capital federal (buenos aires), república argentina, por la que se pronunció el divorcio. No habiendo tratado con la república argentina ni norma internacional en materia de reconocimiento y ejecución de sentencias que resulte aplicable, debe estarse al régimen general. No hay razón para considerar que la competencia judicial internacional de los tribunales de la república argentina haya nacido de las partes en busca fraudulenta de un foro de conveniencia, ademas hay una conexión que no puede desconocerse, como es el domicilio de los cónyuges en la república argentina al tiempo de promoverse el juicio de divorcio ante la jurisdicción argentina, razón ésta que permite considerar fundada la competencia de los tribunales de origen. Así se otorgo exequatur a la sentencia dictada por el juzgado nacional de 1ª instancia en lo civil de la capital federal (buenos aires), república argentina.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandante

Extracto


Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 29 de Abril de 2003

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Abril de dos mil tres.I. ANTECEDENTES DE HECHO

1.- El Procurador de los Tribunales Sr. Álvarez del Valle García, en representación de D. Cornelio, formuló demanda de exequatur de la sentencia de fecha 26 de marz...

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