Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 17 de Diciembre de 2001

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Resumen


CONTRATO DE TRABAJO EVENTUAL. REGULACIÓN. CALIFICACIÓN. Se interpone demanda postulando se declarase la nulidad del art. 21 del Convenio Colectivo del Manipulado y Envasado de Tomate Fresco de la Región de Murcia, en la regulación que realiza de ciertos aspectos del contrato eventual. Siendo que es doctrina sentada que, para que un contrato sea verdaderamente temporal o de duración determinada, no basta, en absoluto, con la expresión en el texto del mismo de tal carácter temporal y la duración concreta que se le asigna, sino que tiene que cumplir inexorablemente todos los requisitos y exigencias que la Ley impone, por lo que, cabe admitir la pretensión esgrmida por el recurrente. En primera instancia se desestima la demanda. En segunda instancia se estima el recurso de casación.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 17 de Diciembre de 2001

D. LUIS GIL SUAREZD. AURELIO DESDENTADO BONETED. BENIGNO VARELA AUTRAND. VICTOR ELADIO FUENTES LOPEZD. ANTONIO MARTIN VALVERDED. MANUEL IGLESIAS CABEROD. MARIANO SAMPEDRO CORRALD. LUIS RAMON MARTINEZ GARRIDOD. JOSE MARIA BOTANA LOPEZD. GONZALO MOLINER TAMBOREROD. JUAN FRANCISCO GARCIA SANCHEZD. JOAQUIN SAMPER JUAND. JESUS GULLON RODRIGUEZD. BARTOLOME RIOS SALMEROND. ARTURO FERNANDEZ LOPEZD. LEONARDO BRIS MONTESD. JOSE MARIA MARIN CORREAD. SANTIAGO VARELA DE LA ESCALERA

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diecisiete de Diciembre de dos mil uno.

Vistos los autos pendientes ante la Sala en virtud de recurso de casación promovido por FEDERACION DE BEBIDAS Y TABACOS DE LA REGIÓN DE MURCIA-UGT ALIMENTACIÓN- F.A.Y.T. MURCIA, contra Sentencia de fecha 28 de noviembre de 2.000, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia en el procedimiento nº 6/2000 promovidos por FEDERACION DE BEBIDAS Y TABACOS DE LA REGIÓN DE MURCIA-UGT ALIMENTACIÓN- F.A.Y.T. MURCIA contra ASOCIACION PROVINCIAL DE EMPRESARIOS HORTOFRUTÍCOLAS DE MURCIA y UNION SINDICAL OBRERA DE CC.OO. sobre conflicto colectivo.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por la representación procesal de la FEDERACION DE BEBIDAS Y TABACOS DE LA REGIÓN DE MURCIA-UGT ALIMENTACIÓN-F.A.Y.T. MURCIA, se presentó demanda ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el que ésta, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dicte sentencia por la que se declare: "declare la nulidad del artículo 21 del Convenio Colectivo de Manipulado y Envasado de Tomate Fresco de la Región de Murcia respecto al apartado de eventuales, condenando a las partes demandadas a estar y pasar por tal declaración".

SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda de convenio colectivo, se celebró el acto del juicio en el que la parte actora se afirmó y ratificó en la demanda, oponiéndose la demandada, según consta en acta. Recibido el juicio a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y declaradas pertinentes.

TERCERO.- Con fecha 28 de noviembre de 2.000, se dictó sentencia, en la que consta el siguiente fallo: "Desestimar la demanda interpuesta por don Alvaro., como DIRECCION000 de la Federación de Bebidas y Tabacos de la Región de Murcia-UGT Alimen...

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