Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 26 de Diciembre de 1996
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Resumen
ESTUPRO. Mientras que la exención completa, o eximente, precisa una absoluta carencia de las facultades intelectivas y volitivas, la semieximiente o eximente incompleta requiere que el sujeto actúe con una profunda perturbación de aquellas facultades pero con la capacidad necesaria como para apreciar la inmoralidad del hecho que ejecuta, que es lo que aquí se pretende, cuando la psique de la persona sólo se ha visto afectada leve o mínimamente, permaneciendo casi intactas su capacidad de comprender y querer. Se condena al acusado. Se desestima la casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal
Extracto
Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 26 de Diciembre de 1996
En la Villa de Madrid, a veintiséis de Diciembre de mil novecientos noventa y seis.
En el recurso de casación por infracción de Ley que ante Nos pende, interpuesto por la representación del procesado Jon, contra sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo, que le condenó por delito continuado de estupro y delito continuado de agresiones sexuales, los Excmos. Sres. componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y Fallo bajo la Presidencia y Ponencia del Excmo. Sr. D. José Augusto de Vega Ruiz, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando dicho recurrente representado por el Procurador Sr. Ruiz Esteban.I. ANTECEDENTES 1.- El Juzgado de Instrucción número 2 de Gijón, instruyó sumario con el núm. 2 de 1993 c...Ver el contenido completo de este documento
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