Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 29 de Diciembre de 2005
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Resumen
RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. PERSONAL ESTATUTARIO. FECHA DE EFECTOS DEL RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD POR SERVICIOS. La cuestión a decidir es si para el personal estatutario los efectos económicos de la antigüedad reconocida se producen desde el momento en que se adquiere la condición de fijo o, deben retrotraerse hasta un año antes de la solicitud de reconocimiento, aunque tal momento sea anterior a la toma de posesión de la plaza. En primera instancia y en la suplicación se estimo la demanda reconociendo los derechos desde un año anterior a la solicitud de reconocimiento de servicios prestados. El demandado opone casación. La norma no está estableciendo una retroactividad para unos trienios devengados sin nombramiento en propiedad, l sino que únicamente está previendo tal retroactividad para las diferencias retributivas que se produzcan como consecuencia del nuevo tiempo de servicio computable a favor de quien ya esta en posesión de un nombramiento. Se estima el recurso se anula la sentencia anterior.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 29 de Diciembre de 2005
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintinueve de Diciembre de dos mil cinco.Vistos los presentes autos, pendientes ante esta Sala, en virtud de recurso de casación para la UNIFICACION DE DOCTRINA, interpuesto por el Procurador D. Luis Fernando Granados Bravo, en nombre y representación del SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA), contra la sentencia dictada en fecha 29 de octubre de 2004 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el recurso de Suplicación núm. 4162/2003 , interpuesto por D. Matías contra la sentencia dictada en ...Ver el contenido completo de este documento
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