Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 28 de Abril de 2006
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Resumen
"PERSONAL ESTATUTARIO DE LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA. PROVISIÓN DE PLAZAS. INCONGRUENCIA OMISIVA DE LA SENTENCIA. Se impugna el decreto por el que se regulan los procesos de provisión de plazas y selección de personal estatutario en el ámbito de la Atención Primaria del Servicio Gallego de Salud. Se produce un vacío de tutela judicial con trascendencia constitucional ... cuando una pretensión relevante y debidamente planteada ante un órgano judicial no encuentra respuesta alguna, siquiera tácita, por parte de éste"", dando lugar a un ""desajuste externo entre el fallo judicial y las pretensiones de las partes. En primera instancia se rechaza la demanda. Se desestima el recurso de casación. "
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 28 de Abril de 2006
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintiocho de Abril de dos mil seis. Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Séptima por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación número 3781/2000, interpuesto por la ASOCIACIÓN DE MÉDICOS DE FAMILIA VÍA MIR DE ORENSE (AMFAMIR), representada por el Procurador don José María Abad Tundidor, contra la Sentencia nº 551, dictada el 29 de marzo de 2000 por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, recaída en el recurso 1827/1997 , sobre regulación de los procesos de provisión de plazas y selección de personal estatutario en el ámbito de la atención primaria del Servicio Gallego de Salud. Se ha personado, como parte recurrida, el SERVICIO GALLEGO DE SALUD, representado por el Procurador don Argimiro Vázquez Guillén.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- La Sentencia recurrida dispone lo siguiente: "FALLAMOS que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Asociación de Médicos de Familia Vía MIR de Orense (AMFAMIR) contra el Decreto 186/1997, de 3 de julio de la Consellería de Sanidad y Se...Ver el contenido completo de este documento
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