Sentencia nº 1128/2006 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 3 de Noviembre de 2006
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
"ESTAFA. VALORACIÓN DE LA PRUEBA.Se reclama contra la sentencia que absuelve al acusado del delito de estafa.El pronunciamiento absolutorio se sustenta en la valoración que ha hecho el Tribunal de instancia de la prueba practicada a su presencia, con acatamiento de los principios de contradicción e inmediación, inclinándose por entender que no están debidamente acreditados los elementos que caracterizan el delito de estafa, valoración que no puede considerarse que sea arbitraria, ni enfrentada a las reglas de la lógica o la experiencia.El cauce procesal esgrimido exige el más riguroso respeto del relato fáctico de la sentencia de instancia y en él no concurren los elementos que caracterizan el delito de estafa cuya aplicación se solicita.No puede apreciarse agravante alguna respecto a una conducta que no ha sido declarada constitutiva de delito.Si no existe conducta delictiva no procede declarar responsabilidad civil derivada del delito.No se hace lugar al recurso de casación."
Ver el contenido completo de este documento
Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia nº 1128/2006 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 3 de Noviembre de 2006
JOAQUIN DELGADO GARCIA CARLOS GRANADOS PEREZ JOSE ANTONIO MARTIN PALLIN
SENTENCIA En la Villa de Madrid, a tres de Noviembre de dos mil seis. En el recurso de casación por infracción de Ley que ante Nos pende, interpuesto por la acusación particular en nombre del BANCO ESPAÑOL DE CREDITO, S.A., contra sentencia absolutoria dictada por la Sección 23ª de la Audiencia Provincial de Madrid, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y fallo bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. Carlos Granados Pérez, siendo también ...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
Documentos citados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex España
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios