Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 11 de Diciembre de 1991

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Resumen


ESPECIALIDAD MÉDICA. La Ley de Especialidades Médicas de 1955 y las disposiciones que la complementan, quedaron derogadas de conformidad con la Disposición derogatoria del Real Decreto 2015/1978 en relación con la Disposición Transitoria primera y el art. 2.2 del Código Civil. La orientación jurisprudencial anterior quedó por tanto sustituida por la jurisprudencia que excluye la vigencia de un sistema anterior opuesto al nuevo que lo sustituía en sus principios y fines. El demandante pretendía en octubre de 1986 una aplicación de una normativa derogada sin cumplir las exigencias que respecto a esa aplicación transitoria estableció, primero la Orden de 1 febrero de 1981, y finalmente el propio Real Decreto 127/1984. En el proceso contencioso-administrativo se desestima el recurso de dicho orden jurisdiccional. Se desestima la apelaci?

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 11 de Diciembre de 1991

sentencia apelada y consiguientemente las resoluciones denegatorias de

obtención del título de Médico Especialista solicitado de contrario y a

que se refieren las actuaciones del expediente administrativo.

CUARTO.- Terminado el trámite de alegaciones quedaron los Autos

pendientes de señalamiento para votación y fallo para cuando ...

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