Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 12 de Diciembre de 1997
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Resumen
DEMANDA DE ERROR JUDICIAL. PLAZO DE INTERPOSICIÓN. La presente demanda de declaración de error judicial se ha formulado fuera de plazo, puese cuando el escrito de demanda tuvo entrada en el registro general de este Tribunal ya había transcurrido el plazo de tres meses previsto en el art. 293.1.a) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuyo cómputo se inicia desde el momento en que la acción pudo ejercitarse. Se desestima la demanda de error judicial.
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☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 12 de Diciembre de 1997
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a doce de Diciembre de mil novecientos noventa y siete. Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de demanda de error judicial ejercitada por el Procurador Sr. González Salinas, en nombre y representación de la Empresa APLICACIÓN DE PINTURAS DEL ATLÁNTICO, S.L., contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de doce de abril de 1995, en el recurso de suplicación núm. 1184/95, interpuesto contra el auto del Juzgado de lo Social núm. 3 de La Co...Ver el contenido completo de este documento
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