Sentencia nº 763/1997 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 31 de Julio de 1997

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Resumen


"CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA Y ELEVACIÓN A ESCRITURA PÚBLICA. El artículo 7° del propio Código, que consagra como norma el principio general de derecho de este nombre, Sentencia de 8 de Julio de 1.981, siendo así que la incidencia de la indeterminación de los plazos para el pago solo benefició a los actores, quienes alternativamente en su demanda se mostraron conformes con que se fijase dicho plazo, de acuerdo con el artículo 1128 antes referido, se debe fijar el plazo de un mes desde la firmeza de esta resolución para que por los mismos se haga pago de la parte del precio pendiente, otorgándose la correspondiente escritura. Se estima en parte la demanda interpuesta por Inmobiliaria San Lazaro, S.A. contra Miguel Ángel y Marí Juana, y con desestimación de la reconvención. Se desestima la apelación. Se estima el recurso de casación, se casa parcialmente dicha resolución en el sentido de condenar a los demandados a que en el plazo del mes fijado para la entrega por los actores de la suma de 5.800.000 ptas., importe adeudado del precio, otorguen la escritura de venta de las fincas enajenadas."

Frases clave


Fundado el recurso que nos ocupa en un motivo único, aparece este amparado en el ordinal 3° del artículo 1692 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, alegándose en el mismo la infracción por inaplicación del artículo 359 del dicho Cuerpo Procesal, que da lugar a incongruencia omisiva, al no contenerse en el fallo de la resolución recurrida mención alguna acerca de la obligación, que en el fundamento cuarto de la resolución de instancia se acepta, de otorgar escritura de compraventa de la finca de autos, motivo que debe ser estimado, pues, verdaderamente, y como consta en el anterior fundamento de derecho de la presente resolución, al estimarse la demanda se condena a los demandados a abonar, en el plazo que se fija, la parte del precio adeudada, sin que, por el contrario, se incluya en el fallo la condena a la correspondiente obligación de otorgarse, simultáneamente a la entrega del precio, y como se pedía en la demanda y se aceptaba en los fundamentos de la sentencia, la escritura pública de venta.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Comprador, Vendedor

Extracto


Sentencia nº 763/1997 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 31 de Julio de 1997

En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Julio de mil novecientos noventa y siete.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados indicados al margen el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Granada, Sección Cuarta, como consecuencia de autos, juicio de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de los de Granada, sobre cumplimiento de contrato de compraventa y elevación a escritura públic...

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