Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 30 de Julio de 1999

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Resumen


TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. . Al tener siempre la consideración de beneficio las cantidades destinadas a la retribución del capital social y al ser el pago de un dividendo a los accionistas por revalorización del activo fijo material, -sin que se haya no ya justificado, sino siquiera aducido por la entidad su origen-, una operación distinta de la explotación de inmuebles en forma de arrendamiento, no susceptible de ser comprendida, tampoco, entre las de enajenación de fincas de su patrimonio u otras operaciones o actividades no susceptibles de desvirtuar el objeto social fiscalmente protegido, -que la recurrente, como se ha dicho, no se ha preocupado siquiera en desvelar-, la conclusión no puede ser otra que la sujeción de la operación al gravamen y su insusceptibilidad de ampararse en la exención fiscal aquí controvertida. En primera instancia se desestima el recurso contencioso administrativo. Se desestima la casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Tribunal económico administrativo

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 30 de Julio de 1999

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a treinta de Julio de mil novecientos noventa y nueve.

VISTO por la Sección Segunda de la Sala Tercera de este Tribunal, integrada por los Excmos. Señores Magistrados anotados al margen, el recurso de casación formulado por la entidad mercantil "Inmobiliaria Metropolitana Vasco Central, S.A", representada por la Procuradora Sra. Ruano Casanova y bajo dirección letrada, contra la Sentencia de la Sección Segunda de la Sala de esta Jurisdicción de la Audiencia Nacional, de fecha 16 de Marzo de 1...

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