Sentencia nº 55/2008 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 8 de Febrero de 2008
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
"SOCIEDAD. ACCIÓN DE RESPONSABILIDAD. ADMINISTRACIÓN. DISOLUCIÓN. Se interpone recurso de casación contra sentencia recaída en grado de apelación que estima el mismo y revoca la sentencia de instancia que desestimaba la demanda. Se recurre en casación aduciendo ""Infracción de los arts. 260 y 262. 2.°, 4.° y 5.° del RD Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, de Sociedades anónimas: Incapacidad orgánica de los apoderados para instar la liquidación o disolución de la sociedad. Indefensión: infracción del art. 24.2.° de la Constitución. Motivo de impugnación fundado en el art. 1692.4 LEC."" Se entiende en el presente que siendo la acción principal ejercitada en la demanda la individual de responsabilidad del administrador del art. 135 LSA, de manera más o menos clara se viene a atribuir también la responsabilidad de los administradores que incumplan la obligación de convocar junta general para que se adopte, en su caso, el acuerdo de disolución de la sociedad, pero entre las facultades que confiere a los apoderados demandados la escritura de apoderamiento de 9 de mayo de 1990 no se encuentra la de instar la liquidación o disolución de la sociedad mercantil, ni la de instar la suspensión de pagos o quiebra de la sociedad. Se desestima la demanda. Se estima el recurso de apelación. Se estima el recurso de casación."
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Sentencia nº 55/2008 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 8 de Febrero de 2008
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a ocho de Febrero de dos mil ocho.Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, constituida por los señores al margen anotados, el recurso de casación que con el número 5168/2000, ante la misma pende de resolución, interpuesto por la procuradora Dª María Lourdes Cano Ochoa, en nombre y representación de D. Ángel Daniel, contra la sentencia dictada en grado de apelación, rollo 599/00, por la Audiencia Provincial de Valencia de fecha 25 de octubre de 2000, dimanante del juicio de menor cuantía número 264/98 del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Onteniente. No habiendo comparecido la parte recurrida.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. - El Juzgado de Primera Instancia n.º uno de Ontinyent dictó sentencia n.º 94, de 26 de abril de 2000, en autos de menor cuantía n.º 264/1998, cuyo fallo dice:«Fallo. Que estimando como estimo la excepción de falta de personalidad de los demandados y desestimando como desestimo la demanda promovido por D. Jose Antonio, representado por el Porcurador Sr. Albert García y asistido de la Letrada D.ª M.ª Luisa Ribera Pont, contra D. Ángel Daniel y D. Humberto, representados por la procurador Sra. Vidal Cerda y asistidos del Letrado D. Mateu Uris Riera, debo absolver y absuelvo a estos últimos de los pedimentos del actor, todo ello con imposición de costas a la parte actora.»SEGUNDO. - La sentencia contiene los siguientes fundamentos de Derecho:«Primero. Se ejercita por la parte actora, D. Jose Antonio, frente a los demandados, D. Ángel Daniel y D. Humberto, acción de responsabilidad contra los administradores con fundamento en los arts. 69 LSRL y 133 y 135 Texto refundido de la LSA.»Segundo. Por los demandados se invoca la excepción de falta de personalidad de los mismos -art. 533.4 LEC, pues ni han ostentado ni ostentan el cargo de administrador de la mercantil "Frifer, S. L.", siendo únicamente apoderados.»Efectivamente de la prueba practicada en autos ha quedado acreditado que ni el Sr. Ángel Daniel ni el Sr. Humberto han desempeñado el cargo de administradores de "Frifer, S. L.", siendo exclusivamente apoderados solidarios. El cargo de administrador único de la citada mercantil fue desempeñado en un primer momento por D. Hugo, quien cesó el 16 de enero de 1992, entrado a desempeñar el cargo desde la mencionada fecha D. Pedro Enrique. Así se desprende de: a) la escritura otorgada por D. Hugo, en representación de "Frifer, S. L.", a favor de D. Ángel Daniel, D. Humberto y D. Pedro Enrique ante el Notario de Ontinyent D. José R. Salamero Sánchez-Gabriel, en fecha 9-5-90, número de protocolo 592, y que obra acompañado en los autos testimoniados del juicio ejecutivo 387/95 que se acompañan a la demanda como documento n.º uno; b) de la nota simple informativa emitida por el Registro Mercantil de Valencia en la que consta la condición de apoderados solidarios de los demandados y la condición de Administrador único de D. Pedro Enrique ; y c) de la escritura de cese y nombramiento de cargo social de la compañía mercantil "Frifer, S.L. al" otorgada por D. Pedro Enrique y D. Hugo, ante el Notario de Ontinyent D. José R. Salamero Sánchez-Gabriel, en fecha 16-1-92, con n.º de protocolo 39, acompañada a la contestación a la demanda como documento n.º 1.»En consecuencia, ambos demandados han sido única y exclusivamente apoderados solidarios y el otorgamiento por el órgano de administración de una S. A. o S. R. L. de un poder a otra persona, ni inviste a ésta de la condición de administrador, ni acarrea que el administrador deje de ostentar las funciones propias de tal órgano, el apoderado depende del administrador, de ahí que el apoderado no sea sujeto pasivo de la acción de responsabilidad contra los administradores.»El Tribunal Supremo, en Sentencia 7-6-99, declara que "la justificación... de que el apoderado era ...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex España
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Compañía
Otros documentos:
Sentencia nº 1765/2009 de TSJ Andalucía (Granada), Sala de lo Contencioso, December 28, 2009 | Auto nº 512/2009 de AP Zaragoza, Sección 3ª, September 29, 2009 | Auto de AP Santa Cruz de Tenerife Sección 6ª November 11 2009 | 470700 Peixes e Mariscos Xanela Sl. | Football Snubbed Merson has Nothing Left to Prove | Football: Blues Sign Up Another Gunner | Politics: Brown Outlines Six Challenges to Be Met in the Decade Ahead ; Future Vision | cd review