Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 17 de Junio de 1997
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Resumen
ACUERDO DE LA COMISION DISCIPLINARIA DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. RESPONSABILIDADES DISCIPLINARIAS. Tiene facultades para acordar el archivo incluso de plano de los escritos de queja o de denuncia que recibe si, como aquí sucede, los titulares de aquellas atribuciones no consideran necesarias otras determinadas actuaciones de información e inspección, siempre dependientes de cuál haya de ser su objeto y efectividad. No intervinieron órganos de Inspección, que es a quienes corresponden, según otros preceptos de la misma Ley Orgánica, las obligaciones de examen, informe y levantamiento de acta, de innecesario cumplimiento cuando con claridad se desprende que no hay indicios de responsabilidades disciplinarias, por plantearse alegaciones genéricas e inconcretas que solo revelan disconformidad del recurrente con el contenido de determinadas resoluciones, susceptibles de corregirse mediante los oportunos recursos procesales, y de imposible examen a cargo del Consejo. Se desestima el recurso.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 17 de Junio de 1997
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a diecisiete de Junio de mil novecientos noventa y siete.Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña María Luisa Delgado- Iribarren Pastor en nombre y representación de la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles, (RENFE), contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de fecha 7 de Marzo de 1996, recaída en el recurso de suplicación num. 1246/95 de dicha Sala, que resolvió el formulado contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Ciudad Real, dictada el 9 de Junio de 1995 en los autos de juicio nums. 249 y 250/95, iniciados en virtud de demanda presentada por don Silvioy don Adolfocontra RENFE y la empresa LIMPIAR, S.A., sobre despido.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Don Silvioy don Adolfopresentaron demanda ante los Juzgados de lo Social...Ver el contenido completo de este documento
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