Sentencia de TS, Sala Quinta, de lo Militar, 27 de Marzo de 2006
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Resumen
FALTA MUY GRAVE. SANCIÓN DISCIPLINARIA DE SUSPENSIÓN DE EMPLEO. PROPORCIONALIDAD. La Sala estima como más ajustadas al principio de proporcionalidad las razones expuestas por la Asesoría Jurídica de la Dirección General de la Guardia Civil y que hace suyas el Director General del Instituto, en el sentido de considerar que el expedientado carece de notas desfavorables, ha cambiado de destino con lo que no subsiste la situación antijurídica que su comportamiento ha contribuido a crear, y no concurren circunstancias de suficiente peso para estimarse que en el futuro sea incapaz de adecuar su actuación a las normas reguladoras de la Institución. Se estima parcialmente el recurso contencioso disciplinario militar.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala Quinta, de lo Militar, 27 de Marzo de 2006
ANGEL CALDERON CEREZOCARLOS GARCIA LOZANOJOSE LUIS CALVO CABELLOAGUSTIN CORRALES ELIZONDOANGEL JUANES PECES
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintisiete de Marzo de dos mil seis.En el recurso contencioso disciplinario militar ordinario número 204/55/2005 interpuesto por el Sargento de la Guardia Civil D. Antonio contra las resoluciones del Excmo. Sr. Ministro de Defensa, de fechas 3 de noviembre de 2004 y 12 de febrero de 2005 dictadas en el Expediente Gubernativo número 52/03 por las que se acordó, respectivamente, imponer al citado Sargento la sanción disciplinaria de suspensión de empleo durante un año y desestimar el recurso de reposición formulado contra la anterior, al considerar al mismo autor de una falta muy grave del artículo 9, número 9 de la Ley Orgánica 11/1991 consistente en "observar conductas gravemente contrarias a la disciplina y al servicio que no constituyan delito". Ha sido parte, además del recurrente, el Ilmo. Sr. Abogado del Estado y han concurrido a dictar sentencia los Excmos. Sres. Magistrados antes indicados,, bajo la ponencia del Sr.D. CARLOS GARCÍA LOZANOANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- El Excmo. Sr. Director General de la Guardia Civil ordenó la incoación del Expediente Gubernativo número 52/03 para determi...Ver el contenido completo de este documento
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