Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 20 de Marzo de 2007
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Resumen
"DESPIDO. La sentencia recurrida estima que la demandante carecía de acción frente a la empresa, ya que la relación laboral se había extinguido en virtud de expediente de regulación de empleo, cuya aprobación no había sido recurrida por el actor. La decisión contencioso-administrativa declarando la nulidad de la resolución administrativa previa que había habilitado a la empresa para extinguir la relación laboral no solo afectó al trabajador que la recurrió sino a todos los trabajadores que estaban incluidos en aquella autorización extintiva; y el hecho de que la sentencia tenga esa fuerza expansiva les legitimaba para demandar por despido al empleador ante la falta de readmisión. Por lo tanto el actor tenía acción para reclamar por despido contra la empresa que no le readmitió después de producida aquella anulación, no siendo ajustada a derecho la sentencia recurrida. En primera instancia se estima parcialmente la demanda, declarándose nulo el despido. Se estima el recurso de suplicación. Se estima el recurso de casación para unificiación de la doctrina."
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Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 20 de Marzo de 2007
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veinte de Marzo de dos mil siete.Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por D. Pedro Francisco, representado por el Letrado D. José Grau Ripoll, contra la sentencia dictada el 19 de diciembre 2005 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en recurso de suplicación núm. 1313/05, interpuesto por Ferroatlantica S.L.U., contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de Cartagena de fecha 11 de julio de 2005, en el proceso entablado por D. Pedro Francisco frente a Ferroatlántica S.L.U., Fertiberia S.A. y el Fondo de Garantía Salarial.Se han personado ante esta Sala en concepto de recurridos, Ferroatlántica S.L.U. representada por el Letrado D. Martín Godino Reyes y Fertiberia, S.A., representada por la Letrada Dª María Jesús Herrera Duque.Es Magistrada Ponente la Excma. Sra. Dª. MARÍA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGAANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Con fecha 11 de julio de 2005, dictó sentencia el Juzgado de lo Social núm. 2 de Cartagena, declarando como probados los siguientes hechos: "PRIMERO. El demandante vino prestando servicios para la empresa "Fertili...Ver el contenido completo de este documento
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