Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 12 de Diciembre de 2007

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Resumen


DESLINDE ADMINISTRATIVO EN LÍNEA FERROVIARIA BILBAO-DONOSTIA (tramo en municipios de Bedia, Lemoa y Amorebieta)Legitimación. No caducidad de procedimientos que dan lugar a actos favorables a los ciudadanos (art. 44.2 Ley 30/92, redacción original)

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 12 de Diciembre de 2007

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a doce de Diciembre de dos mil siete.

VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituída en su Sección Tercera por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación número 583/2.005, interpuesto por CONSTRUCCIONES MECÁNICAS ALUMETAL, S.L., representada por la Procuradora Dª Mª Luisa Gavilán Rodríguez, contra la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en fecha 8 de noviembre de 2.004 en el recurso contencioso-administrativo número 1.577/2.003, sobre deslinde administrativo de la línea ferroviaria Bilbao-Donostia en el tramo que comprende los municipios de Bedia, Lemoa y Amorebieta.

Es parte recurrida la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI, representada por el Procur...

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