Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 3 de Mayo de 2006
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
"PRESTACIÓN POR DESEMPLEO. RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A SU PERCIBO. INCOMPATIBILIDAD. Es improcedente descontar las prestaciones por desempleo de la indemnización de daños y perjuicios reconocida, si bien en aquél caso lo fue por retraso en el reingreso tras una excedencia voluntaria. En primera instancia se desestima la demanda y se absuelve al demandado INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO de los pedimentos formulados en su contra. Se desestima el Recurso de Suplicación interpuesto por la actora, y se confirma la sentencia recurrida. Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la actora. Se casa y anula la sentencia recurrida y, se estima el recurso de suplicación, con revocación de la sentencia de instancia, se anula la resolución administrativa dictada por dicho Instituto, en expediente de revisión de oficio, por la que se declaró indebida la percepción por la demandante de la cantidad de 10.473,44 euros (1.452.194 pesetas), en concepto de prestación por desempleo, reconociendo el derecho de la demandante a su percibo, condenando al Instituto Nacional de Empleo, para que si la demandante lo devolvió pague dicha cantidad. Sin costas."
Ver el contenido completo de este documento
Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Trabajador
Extracto
Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 3 de Mayo de 2006
MILAGROS CALVO IBARLUCEAJORDI AGUSTI JULIAJOSE LUIS GILOLMO LOPEZJOSE MARIA BOTANA LOPEZMARIANO SAMPEDRO CORRAL
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a tres de Mayo de dos mil seis. Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en vitud del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por Doña Eva, contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 1 de febrero de 2.005, en el recurso de suplicación nº 4266/2004 , interpuesto frente a la sentencia dictada el 7 de julio de 2.004 por el Juzgado de lo Social nº 6 de los de Valencia, en los autos nº 585/2003 , seguidos a instancia de aquella contra el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, sobre desempleo. Ha comparecido en concepto de recurrido el Abogado del Estado.Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. JORDI AGUSTÍ JULI...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
Documentos citados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex España
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Compañía
Otros documentos:
El galardón otorgado por el Parlamento Europeo provoca la airada reacción del Gobierno de China | Anuncio do 21 de agosto de 2008, da Dirección Xeral de Desenvolvemento Sostible, polo que se fai pública a Decisión do 20 de agosto de... | Corrección de erros.-Resolución do 2 de outubro de 2002 da Dirección Xeral de Ind... | Sentencia nº 246/2007 de TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, November 08, 2007 | Acórdão nº 70028231546 de Tribunal de Justiça do RS 2ª Câmara Cível April 14 2010 | javier joy at his field of dreams | transportes | Barbara Walker