Sentencia nº 117 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 20 de Febrero de 1993

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Resumen


"DERECHO AL HONOR. INTROMISIONES ILEGITIMAS. En el caso presente, los profesionales de la información autores de los artículos periodísticos en que se produjo, a juicio del actor, la intromisión ilegítima de sus derechos fundamentales actuaron en uso del derecho a transmitir libremente la información veraz, derecho que, atendidas todas las circunstancias concurrentes, ha de prevalecer sobre el derecho al honor y a la intimidad del demandante quien viene obligado, por su carácter público y el relevante interés social de su función y de los hechos relatados, a soportar esa intromisión en sus derechos fundamentales ante el preponderante derecho de los demandados a obtener y comunicar libremente y de forma veraz, la información; igualmente ese valor preponderante de la libertad de información justifica la invasión en el derecho a la propia imagen del demandante al constituir la fotografía de éste publicada juntamente con la información escrita parte sustancial de los reportajes. En primera instancia se estima parcialmente la demanda. Se desestima la apelación. Se estima la casación. "

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandado

Extracto


Sentencia nº 117 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 20 de Febrero de 1993

En la Villa de Madrid, a

En la Villa de Madrid, a 20 de Febrero de 1.993. Visto por la Sala

Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen

indicados, los recursos de casación contra la sentencia dictada en grado

de apelación por la Sala 1ª de lo Civil de la Audiencia Territorial de

Barcelona, como consecuencia de demanda incidental, seguida ante el Juzgado

de Primera Instancia nº 1 de dicha Capital, sobre Intromisión Ilegítima en

el honor y en la intimidad personal y familiar; cuyos recursos fueron

interpuestos por "EDICIONES PRIMERA PLANA, S.A.", Dª Fátima, D. Leonardo. D. Juan Luisy D. Ildefonso, todos representados por el Procurador de los Tribunales D.

Eduardo Morales Price y asistidos del Letrado D. Francisco Abellanet

Guillot; y por DON Jesús Luis, representado por el

Procurador D. Carlos de Zulueta Cebrian, y defendido por la Letrada Dª

Roser Rafols Vives; con la asistencia Del Ministerio Fiscal en la

representación que ostenta.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-El Procurador Don Angel Martín Brusell, en representación

de D. Jesús Luis, formuló ante el Juzgado de 1ª

Instancia de Barcelona nº 1, demanda incidental, contra "Ediciones Primera

Plana, S.A.", Dª Fátima, D. Leonardo, D. Juan Luis, D.Octavioy D. Ildefonso, sobre

protección de los derechos de la persona, estableciendo los hechos y

fundamentos de derecho que tuvo por convenientes para terminar suplicando

sentencia " en la que se declare que los cuatro primeros demandados

cometieron con la publicación de los artículos acompañados

una agresión ilegítima al honor e intimidad personal de mi representado;

se condene a los demandados a que ...

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