Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 6 de Marzo de 2006

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Resumen


"HORAS EXTRAORDINARIAS. CONTRADICCIÓN, INFRACCIONES LEGALES DENUNCIADAS. Se reclama contra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid es del tenor literal siguiente: ""Que debemos estimar y estimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de la empresa., contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social, en virtud de demanda deducida contra la empresa NEWCO AIRPORTS SERVICES, S.A., en reclamación sobre cantidad y en su consecuencia, debemos revocar la resolución recurrida"". En la sentencia de contraste se resuelve un conflicto colectivo sobre la discrepancia en el cómputo de la jornada máxima anual en el marco del Convenio de Montajes y Empresas Auxiliares, y, en concreto, sobre si los días de descanso compensatorio han de sumarse o no a los efectivamente trabajados para cuantificar la jornada anual. El problema es distinto al que se suscita en la sentencia recurrida, en la que se trata del cómputo de los festivos trabajados y retribuidos con recargo; son distintas también las normas convencionales aplicables y además el sentido del fallo no es opuesto. En este motivo también falta determinar la infracción denunciada y su fundamentación, pues la parte se limita a indicar que la doctrina del Tribunal Supremo es la correcta y señala la razón por la que debería excusarse en este caso la exigencia de oposición en los pronunciamientos en atención a que, a su juicio, la sentencia recurrida ha revocado sin argumento alguno las sentencias de instancia favorables a los trabajadores, lo que no puede fundar un motivo de casación. No se hace lugar al recurso de casación. "

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Historial del Caso


→ Desestima el recurso contra Sentencia nº 764/2004 de TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Social, 11 de Noviembre de 2004

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 6 de Marzo de 2006

JOAQUIN SAMPER JUANAURELIO DESDENTADO BONETEJESUS GULLON RODRIGUEZMANUEL IGLESIAS CABEROJOSE MARIA BOTANA LOPEZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a seis de Marzo de dos mil seis.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por Dª Edurne, representada y defendida por la Letrada Sra. Virseda Iniesta, contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 11 de noviembre de 2.004, en el recurso de suplicación nº 3107/04 , interpuesto frente a la sentencia dictada el ...

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