Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 21 de Octubre de 1997

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Resumen


"AUTO QUE DENIEGA TENER POR PREPARADO RECURSO DE CASACIÓN. El recurso de queja que se examina debe ser desestimado, porque mediante el mismo se pretende determinar la cuantía litigiosa ""a posteriori"", esto es, después de recaer en apelación sentencia íntegramente confirmatoria de la de primera instancia en un juicio que según la propia parte recurrente se siguió siempre como de cuantía indeterminada aunque fuera determinable. Se desestima la queja."

Frases clave


De aplicar lo antedicho al recurso de queja que aquí se examina no cabe otra conclusión que la de desestimarlo, porque mediante el mismo se pretende determinar la cuantía litigiosa "a posteriori", esto es, después de recaer en apelación sentencia íntegramente confirmatoria de la de primera instancia en un juicio que según la propia parte recurrente se siguió siempre como de cuantía indeterminada aunque fuera determinable.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 21 de Octubre de 1997

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiuno de Octubre de mil novecientos noventa y siete.

I. ANTECEDENTES DE HECHO

1.- En el rollo de apelación nº 431/96 la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 13ª) dictó auto de fecha 22 de julio del corriente año declarando no haber lugar a tener por preparado recurso ...

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