Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 11 de Octubre de 2004

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Resumen


DENEGACION DEL PAGO DE UN PREMIO DE LOTERIA NACIONAL EXTRAVIADO. La doctrina que flexibiliza la interpretación del artículo 18 de la Instrucción General de Loterías no puede aplicarse a este supuesto al no darse el presupuesto de hecho que requiere la jurisprudencia de esta Sala: adquisición e identificación, sin ninguna duda, del número, fracción y serie extraviado. En primera instancia se desestima recurso contencioso administrativo. Se desestima casación.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 11 de Octubre de 2004

D. FERNANDO LEDESMA BARTRETD. OSCAR GONZALEZ GONZALEZD. MANUEL CAMPOS SANCHEZ-BORDONAD. FRANCISCO TRUJILLO MAMELYD. EDUARDO ESPIN TEMPLADOD. JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a once de Octubre de dos mil cuatro.

VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Tercera por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación número 4223 de 2001 interpuesto por D. Adolfo, representado procesalmente por la Procuradora Doña ALICIA MARTINEZ VILLOSLADA, contra la sentencia dictada el día 9 de mayo de 2001 por la Sala de lo Contencioso Administrativo ( Sección 8ª ) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso número 614 de 1998, que declaró ajustada a derecho la Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda de fec...

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