Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 25 de Enero de 1993

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Resumen


"DELITOS. TRAFICO DE DROGAS. PRUEBA. VALORACION. Cuando se trata de prueba indiciaria, cabe en casación impugnar la inferencia o deducción lógica por la cual, a través de unos hechos básicos plenamente acreditados se llega o no a alcanzar la convicción de que se ha producido el hecho necesitado de prueba (art. 1.249 y 1.243 C.C.). Tal inferencia es un juicio de valor que excede de lo meramente fáctico y que pudo ser revisado en un recurso extraordinario como el presente por la vía tradicional del nº 1° del art. 849 alegando infracción de la norma penal correspondiente. Pero todos los datos, antes expresados, puestos de manifiesto por la Audiencia para justificar sus dudas en relación a la finalidad con que la droga era poseída por ambos acusados, obligan ahora a esta Sala a respetar el criterio del Tribunal ""a quo"",por exigencias derivadas de la coherencia de su propio razonamiento y también del principio de inmediación al que necesariamente ha de reconocerse especial relevancia cuando se llega a conclusiones dubitativas que conducen a un pronunciamiento absolutorio. En primera instancia se absuelve al acusado. Se desestima la casación. "

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Acusado

Extracto


Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 25 de Enero de 1993

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Enero de mil novecientos noventa y tres.

En el recurso de casación por infracción de ley que ante Nos pende, interpuesto por el MINISTERIO FISCAL contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Málaga que absolvió a Eloyy Juan Manueldel delito contra la salud pública de que venían siendo acusados los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen s...

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