Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 4 de Noviembre de 1996
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Resumen
DELITOS. TRAFICO DE DROGAS. Yerra el recurrente al estimar que la sentencia funda su condena estrictamente en los 0,057 gramos de cocaína hallados en el interior de un cajón en el registro efectuado en la casa de Cristina. En el factum se recoge, asimismo, las entregas de cocaína efectuadas por Cristinaen días sucesivos, particularmente la más destacada de la que fue receptiva un tercero. La deducción de la Sala de consagración al tráfico de drogas o estupefacientes de los acusados no resulta ilógica ni arbitraria habida cuenta de los demás datos que recogen los hechos probados, esto es, la utilización de la vivienda para traficar con estupefacientes, la entrega de droga a los terceros que allí se menciona, y la no constancia de la condición de consumidores de dicha sustancia de los acusados que habitaban en el domicilio. Inferir de estos datos que la tenencia estaba orientada al consumo de terceros que allí acudían es acorde con la lógica y las normas de la común experiencia. En primera instancia se condena al acusado. Se desestima la casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal
Extracto
Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 4 de Noviembre de 1996
En la Villa de Madrid, a cuatro de Noviembre de mil novecientos noventa y seis.
En el recurso de casación por infracción de ley e infracción de precepto constitucional que ante Nos pende, interpuesto por los acusados Gloriay Gregorio, contra sentencia dictada por la Audiencia provincial de Palma de Mallorca, Sección Primera, que les condenó por delito de tráfico ilegal de drogas, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y fallo bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. Francisco Soto Nieto, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando dichos recurrentes representados por el Procurador Sr. de Murga Rodríguez.I. ANTECEDENTES 1.- El Juzgado de Instrucción número 2 de Palma de Mallorca incoó procedimiento abreviado con el número 1.193 de 1.994 contra Gloria, Gregorioy otros, y una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, Sección Primera, que con fecha 31 de julio de 1.995, dictó sentencia que contiene los siguientes Hechos Probados: Primero.- Se declara probado que durante los últimos días del mes de abril de 1.994 la acusada Cristinay sus hijos Marinay Gregorio, también acusados, utilizaron la vivienda que habitaban en la calle DIRECCION000nº NUM000para distribuir en el consumo ilegal sustancias estupefacientes, heroína y cocaína, Así, mientras las acusadas Cristinay Marinapermanecían en la vivienda, a l...Ver el contenido completo de este documento
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