Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 11 de Julio de 1991

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Resumen


DELITO DE VIOLACIÓN. PLURALIDAD DE SUJETOS. Se impugna sentencia penal. Los delitos de violación, en los supuestos de pluralidad de sujetos activos, no es viable la figura de delito continuado. Condena penal. La casación fue desestimada

Frases clave


La doctrina reiterada de esta Sala, cfr. Sentencias 24 Enero 1.989-, ha declarado que en los delitos de violación, en los supuestos de pluralidad de sujetos activos, no es viable la figura de delito continuado, pues si cada acción es realizada por un autor directo y principal distinto, resulta evidente que cada unode esos comportamientos delicitvos resp0nden a una resolución también distinta de cada sujeto activo, con lo que se quiebra el dolo unitario, característico de la continiuidad delicitiva. Procede la desestimación del motivo, e igualmente el segundo, que por la misma vía procesal, alega aplicación indebida del citado artículo 69 bis del Código Penal, en relación con el 430 del propio Cuerpo Legal, por idénticas razones expuestas al rechazar el motivo tercero del otro procesado Sergio, en el fundamento tercero de esta resolución, con el fin de evitar innecesarias repeticiones.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Condena

Extracto


Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 11 de Julio de 1991

En la Villa de Madrid, a once de Julio de mil novecientos noventa y uno.

En el recurso de casación por quebrantamiento de forma e infracción de ley, que ante Nos pende, interpuesto por los procesados SergioY Luis Carlos, contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, que les condenó por delitos de abusos deshonestos y violación, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y fallo, bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D.Eduardo Moner Muñoz, siendo también parte el Ministerio Fiscal, y estando dichos recurrentes representados por los Procuradores Srs. Rodríguez Muñoz y Rusi de Luna Gormals, respectivamente.I. ANTECEDENTES

1.- El Juzgado de Instrucción número 1 de Leganés, instruyó sumario...

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