Sentencia nº 390/2000 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 20 de Marzo de 2000

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Resumen


DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA. En el presente caso, tales pruebas de cargo directas, válidas e independientes de las intervenciones telefónicas están constituidas por las vigilancias a que fueron sometidas los recurrentes por parte de la policía, existiendo dichas vigilancias también en relación al taller del que se habla en las conversaciones intervenidas en la autorización inicial, ello sin contar con que ya en las investigaciones policiales previas a la intervención telefónica, ya se habla de la utilización de un taller mecánico de coches utilizado como tapadera para el negocio clandestino de drogas. Se condena al acusado. Se desestima la casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal

Extracto


Sentencia nº 390/2000 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 20 de Marzo de 2000

En los recursos de casación por Infracción de Ley y Quebrantamiento de Forma que ante Nos penden, interpuestos por las representaciones de Gonzalo B.V. y Francisco M. R., contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Salamanca, por delito contra la salud pública, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que arriba se expresan se han constituido para la Vista y Fallo bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. JOAQUÍN G, G,, siendo también parte el Ministerio Fiscal y estando dichos recurrentes representados por las Procuradoras Sras. S.G. y O.A., respectivamente.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Juzgado de Instrucción nº 7 de Salamanca, incoó Diligencias Previas nº 1124/97, contra Gonzalo B.V., Luis Angel G,F, y, Francisco M, R,, por delito contra la salud pública, y una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Salamanca, que con fecha 20 de Mayo de 1998 dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROB...

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