Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 1 de Febrero de 1997

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Resumen


"DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA Y CONTRA EL MEDIO AMBIENTE. La protección jurídico-penal del medio ambiente, a pesar del rango constitucional que este bien de todos tiene, era prácticamente nula. La urgencia del tema viene dada por la irreversible que resultan frecuentemente los daños causados. Sin duda, unos preceptos penales no han de poder por sí solos lograr la desaparición de toda industria o actividad nociva para personas o medio ambiente; pero también es evidente que cualquier política tendente a introducir rigurosidad en ese problema requiere el auxilio coercitivo de la Ley penal. Se condena al acusado. Se estima la casación. "

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Acusado

Extracto


Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 1 de Febrero de 1997

En la Villa de Madrid, a uno de Febrero de mil novecientos noventa y siete.

En el recurso de casación por quebrantamiento de forma e infracción de Ley que pende ante esta Sala, interpuesto por la representación del acusado Humbertoy EL MINISTERIO FISCAL , contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Octava, que condenó a dicho recurrente por delito contra el medio ambiente, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y fallo bajo la Presidencia y Ponencia del Excmo. Sr. D. Ramón Montero Fernández-Cid, siendo también parte recurrida: Grup de defensa del TER, representada por el Procurador Sr. Gandarillas Carmona. El recurrente está representado por el Procurador Sr. González Diez. I. ANTECEDENTES

Primero.- El Juzgado de Instrucción número 3 de Vic, incoó Diligencias Previas con el número 168 de 1991, contra otro y Humberto, y una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Barcelona, cuya Sección Octava, con fecha 6 de junio de 1995, dictó sentencia que contiene los siguientes:

"PRIMERO.- Se declara probado, que el acusado Humberto, mayor de edad y sin antecedentes penales, ha venido teniendo a su cargo desde su fundación el 19 de Junio de 1.982, en calidad de propietario, Administrador Unico y Director Gerente, de la empresa "DIRECCION000, S.A." dedicada a la Tejeduría y acabados de tejidos tintados, encalados, blanqueados y acabados textiles, utilizando para ello tintes, resinas y detergentes y diversos productos químicos.

Dicha empresa, situada en la CALLE000nº NUM000de la localidad de Sant Bartomeu del Grau, partido judicial de Vic, que constituida por el acusado y varios familiares, sustitución del anterior Humberto, S.A. en la que el acusado ocupaba los mismos cargos teniendo una plantilla declarada, en la fecha de autos de 657 trabajadores. Según consta en la inscripción del Registro Mercantil de Barcelona, en la junta general de accionistas el día 21-XI-1988 el acusado fue reelegido para dichos cargos para un periodo de cinco años vigente en la actualidad.

La empresa PUIGNERO, S.A., fue inscrita en los Serveis Territorials d'Industria de la Conselleria d'Industria de la Generalitat de Catalunya con fecha 27 de Marzo de 1.986, rechazándose dicha inscripción en base a la licencia de Actividades Industriales otorgadas por el Ayuntamiento de Sant Bartomeu del Grau con fecha 28 de marzo de 1.985, en aquellas fechas el acusado Humbertoocupaba el cargo de DIRECCION001de dicho Ayuntamiento.

Para el funcionamiento de la industria, el acusado utiliza aguas públicas procedentes del Rio Sorreig, a razón de 47.000 m3/año, utilizando para ello dos captaciones de aguas públicas situadas en las cercanías de la empresa, utilizadas desde el inicio de las actividades industriales (aproximadamente desde 1.975).

En el año 1.979 se instaló una depuradora físico-química de la empresa para la depuración de las aguas residuales, siendo los límites para el vertido de la misma los fijados en la Autorización Provisional (para lo...

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