Auto de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 20 de Marzo de 2003

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Resumen


DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA. DROGAS. PENA. La individualización de la pena deberá atender a la cantidad de la droga objeto del delito, de manera que cuando supere las cantidades que daban lugar a la aplicación del subtipo agravado, la pena no deberá ser inferior a los cinco años de prisión. El Tribunal ha individualizado la pena, imponiendo la señalada por la ley en la extensión adecuada a las circunstancias personales del delincuente y a gravedad del hecho, razonándolo en la sentencia, lo que sitúa su medición en términos absolutamente adecuados y proporcionados, por lo que no existiendo la infracción a la ley se debe inadmitir el recurso planteado. En primera instancia se condenó al acusado. Planteado recurso de casación fue inadmitido.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal

Extracto


Auto de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 20 de Marzo de 2003

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinte de Marzo de dos mil tres.I. HECHOS

PRIMERO.- Dictada Sentencia por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 2ª, en Autos nº 58/02, se interpuso Recurso de Casación por Josémediante la presentación del correspon...

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