Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 10 de Julio de 1992

Enlazado como:
Abogados Penal

Resumen


DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA. ATENUANTE. PRUEBA. Se impugna sentencia penal. Tanto el delito como la atenuante o eximente deben ser acreditados. Condena penal. La casación fue estimada

Frases clave


La indebida aplicación del artículo citado -denunciado por el Ministerio Fiscal en el primer motivo de su recurso- es patente, porque los hechos determinantes de las causas modificativas de la responsabilidad criminal deben estar tan probadas como los elementos que configuran el tipo penal, y el caso enjuiciado se desconoce -según declaración del propio Tribunal sentenciador- el grado de dependencia a la heroína y, consiguientemente, la intensidad de la adicción. Procede, por ende, estimar el motivo interpuesto, sin que el Tribunal de Casación sea ajeno a la preocupación social y humanitaria que aduce la sentencia de instancia para fundamentar su resolución, pero entiende que ello ha de hacerse, sin quebranto para el principio de legalidad, por la vía que ofrece la gracia de indulto.

Ver el contenido completo de este documento

Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Condena

Extracto


Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 10 de Julio de 1992

En la Villa de Madrid, a diez de Julio de mil novecientos noventa y dos.

En el recurso de casación por infracción de ley, que ante Nos pende, interpuesto por el MINISTERIO FISCAL , contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Ciudad Real, que condenó al procesado Vicente, por delitos de robo con violencia, tenencia ilícita de armas y utilización ilegítima de vehículo de motor, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la vista y fallo, bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. José Hermenegildo Moyna Ménguez, siendo parte como recurrido dicho procesado que ha comparecido representado por el ...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía