Sentencia nº 1739/2000 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 10 de Noviembre de 2000

Enlazado como:
Abogados Penal

Resumen


"DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA. Solo excepcionalmente se admite la complicidad en los delitos de narcotráfico, dada la amplitud típica del art. 368 del CP, en supuestos de colaboración mínima de ""favorecimiento al favorecedor"" del tráfico, lo que se excluye, cuando existe un previo acuerdo que convierte en autores a todos los concertados. En primera instancia se condena. Se desestima casación."

Frases clave


En algunas ocasiones esta Sala ha admitido la complicidad en delitos de narcotráfico pero excepcionalmente, dada la amplitud típica del art. 368 del CP - y antes del 344 del CP de 1973-, en supuestos de colaboración mínima de "favorecimiento al favorecedor" del tráfico (SS. 2 de junio y 26 de octubre de 1995) lo que se excluye, por su propia naturaleza y con carácter general, cuando existe un previo acuerdo que convierte en autores a todos los concertados (SS. 17-2-98 y 15-10-98), como sucedió en el caso enjuiciado.

Ver el contenido completo de este documento

Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Condena

Extracto


Sentencia nº 1739/2000 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 10 de Noviembre de 2000

En el recurso de casación por infracción de Ley y de precepto constitucional, que ante Nos pende, interpuesto por la representación de los procesados, Freddy A.V.A.A.J.H.B.Y.J.N.M.C.

sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Cuarta, de fecha tres de noviembre de 1999, que les condenó, por delito contra la salud pública, los Excmos. Sres. componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y Fallo, bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D.J.A.C.S.

parte el Ministerio Fiscal y estando representados los recurrentes por los Procuradores Sres. Dª E.M.C.Y.D.J.L.R.P.

.

ANTECEDENTES DE, HECHO

1.- El Juzgado de Instrucción número 3 de los de Sevilla, instruyó Sumario con el número 1 de 1999, contra los procesados, F.A. V.A.A.J.H.B.Y.J.N.M.R. y, una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de la misma capital (Sección Cuarta) que, con fecha tres...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía