Sentencia nº 736/2007 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 25 de Septiembre de 2007

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN. SENTENCIAS. IMPUGANACIÓN. DOCUMENTO. Los hechos relatados en la sentencia pueden ser objeto de impugnación por la parte interesada cuando el relato de hechos se halle en manifiesta contradicción con el contenido informativo de algún documento. Se desestima el recurso.

Frases clave


Como es bien sabido, pues existe abundante y conocida jurisprudencia de esta sala, la previsión del art. 849,2º Lecrim tiene por objeto hacer posible la impugnación de sentencias en las que un extremo relevante del relato de hechos se halle en manifiesta contradicción con el contenido informativo de algún documento, que no hubiera sido desmentido por otro medio probatorio. Donde "documento" es, en general, una representación gráfica del pensamiento formada fuera de la causa y aportada a ésta a fin de acreditar algún dato relevante. Así pues, para que un motivo de esta clase pueda prosperar será necesario acreditar la existencia de una patente contradicción entre unos y otros enunciados, tan clara, que hiciera evidente la arbitrariedad de la decisión del tribunal al haberse separado sin fundamento del resultado de la prueba.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Acusado, Ministerio Fiscal

Extracto


Sentencia nº 736/2007 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 25 de Septiembre de 2007

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinticinco de Septiembre de dos mil siete.

Esta Sala, compuesta como se hace constar, ha visto el recurso de casación interpuesto por Pablo contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Primera, de fecha 25 de enero de 2007. Han intervenido el Ministerio Fiscal, el recurrente representado por la procuradora Sra. Álvarez Esteban. Ha sido ponente el magistrado Perfecto Andrés Ibáñez.

I. ANTECEDENTES

1.- El Juzgado de instrucción número 39 de Madrid instruyó sumario 6/2006, por delito contra la salud pública contra Pablo ...

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