Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 3 de Abril de 2001

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN. DELITO DE ROBO CON INTIMIDACIÓN. REINCIDENCIA. Se recurre la sentencia que condena al acusado como criminalmente responsable en concepto de autor de un delito de robo con intimidación en las personas. Es clara la diferencia estructural y tipológica entre los delitos de hurto y robo con violencia e intimidación, pudiéndose afirmar, que dentro de los delitos contra el patrimonio, son de naturaleza distinta. Partiendo de su distinta denominación, no estan definidos en el mismo artículo, ni contenidos en el mismo capítulo del Código, ni en ellos se descubre el mismo despliegue de energía criminal en el culpable, para alcanzar los objetivos propuestos. Existe, también distinta modalidad comisiva. Se da entre ambos, al igual que entre las dos clases de robo, el aditamento en el robo violento, del ataque a la integridad y libertad de las personas, como bienes jurídicos lesionados, mientras que el hurto constituye la forma más simple de apoderamiento de las cosas muebles ajenas. En consecuencia procede estimar en parte el recurso no considerando concurrente la agravante de reincidencia, indebidamente aplicada.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 3 de Abril de 2001

D. JOSE ANTONIO MARAÑON CHAVARRID. JOSE RAMON SORIANO SORIANOD. EDUARDO MONER MUÑOZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a tres de Abril de dos mil uno.

En el recurso de casación por infracción de Ley, que ante Nos pende, interpuesto por el procesado Jaime , contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valencia, que le condenó por delito de robo con intimidación en las personas, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituído para la votación y fallo bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo.Sr.D.José Ramón Soriano Soriano, siendo también parte el Ministerio Fiscal, y estando dicho recurrente representado por la Procuradora Dª María Alicia Hernández Villa.

I. ANTECEDENTES

1.- El Juzgado de Instrucción nº 9 de Valencia, instruyó Sumario con el número 1.469/98 contra Jaime , y una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Valencia, que con fecha 25 de Mayo de 1999 dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS.

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