Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 10 de Mayo de 1994
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Resumen
"DELITO DE ROBO. En espera de una modificación legal que pueda introducir, si lo estima procedente el legislador, una ""cuasi-prescripción"", sobre la base de sumar los tiempos ""muertos"" en la tramitación, utilizando la suspensión y no la interrupción de la prescripción o de establecer una atenuación de la pena cuando concurran los requisitos que en la ley se establezcan, por ejemplo, cuando hayan transcurrido dos terceras partes del tiempo fijado para la extinción de la pena, reducirla pena en la proporción que la Ley establezca. No caben, por ahora, mientras la jurisprudencia mantenga la interpretación ya ciatada, otras soluciones que las ya apuntadas. Por ello en este caso, aun dando lugar al recurso formalizado por el Ministerio Fiscal, es procedente, por razones de justicia (a la justicia de fondo ha de unirse siempre la adecuación en el tiempo y, por tanto, la proporcionalidad) interesar del Gobierno la concesión de un indulto parcial en los términos que se dirán en la Exposición que a tales efectos se eleve. Se condena al acusado. Se estima la apelación."
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Acusado
Extracto
Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 10 de Mayo de 1994
En la Villa de Madrid, a diez de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro.
En el recurso de casación por infracción de Ley que ante Nos pende, interpuesto por el MINISTERIO FISCAL contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid que condenó a los procesados Jose Ignacio, Juan Carlos, Arturoy Margaritapor delito de robo con toma de rehenes, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la vista y fallo bajo la Presidencia y Ponencia del Excmo. Sr. D. Enrique Ruiz Vadillo, siendo parte recurrida los procesados, representados, respectivamente, por los Procuradores Sr. Aguilar Fernández, Sr. García Martínez y Sr. García Letrado.I. ANTECEDENTES 1.- El Juzgado de Instrucción número 12 de Madrid instruyó sumario con el número 42 de 1982 contra Jose Ignacio, Juan Carlos, Arturoy Margaritay, una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de esta misma capital que, con fecha 11 de diciembre de 1992 dictó sentencia que contiene los siguientes hechos probados: "1. Se declara probado que los procesados Jose Ignacio, Juan Carlos, Arturoy Margaritaidearon un plan para conseguir el dinero de Alvaro, Presidente de la Cooperativa de Viviendas DIRECCION000de Ciudad Real, apr...Ver el contenido completo de este documento
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